¿Qué sucede si las atenciones Médicas u Odontológicas  se otorgan o proveen al beneficiario y/o sus cargas familiares  fuera de Unidades Ejecutoras del SISAN?

Ellas serán bonificadas sólo cuando dichas Unidades Ejecutoras no cuenten con los medios disponibles para brindar la atención, o estos últimos sean insuficientes, debiendo, en todo caso, contar con la autorización del Jefe de la Unidad Ejecutora del SISAN que dispone la correspondiente derivación del beneficiario, a través de la emisión de la respectiva Carta Orden u orden de atención.

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Preguntas Frecuentes

Hospital Naval “ALMIRANTE NEF”

Dirección:

Subida Alessandri S/N
Viña del Mar