Es la diferencia del valor de las prestaciones de salud no cubierta por el fondo de medicina curativa (FOSAN), el fondo familiar de asistencia médica (FOFAM) o en Fondo Solidario de Pensionados Navales (FOSPEN), correspondiendo a la cantidad de dinero que debe cancelar el usuario o miembro de la Armada titular del beneficio, directamente a la UU.EE. que le brindó la atención en salud.